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NORMATIVIDAD

Nuestra gestión se fundamenta en un sólido marco normativo.

  • Constitución Política de Colombia Especialmente los artículos 13, 47, 54 y 68, que establecen disposiciones relacionadas con la igualdad, la protección especial y la integración social de las personas con discapacidad.
  • Ley 1346 de 2009 Mediante la cual Colombia aprobó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad ONU 2006. En particular, el artículo 4.3 que consagra el principio de "Nada sobre nosotros sin nosotros", estableciendo las consultas estrechas y la colaboración activa de las personas con discapacidad a través de sus organizaciones representativas en la elaboración y aplicación de legislación y políticas para hacer efectiva la Convención. Por su parte, el artículo 29 reconoce el derecho de las personas con discapacidad a participar en la vida política y pública sin discriminación y en igualdad de condiciones con las demás personas.
  • Ley 1145 de 2007 Organiza el Sistema Nacional de Discapacidad como el mecanismo de coordinación y articulación entre las entidades del Estado, las organizaciones de personas con discapacidad y demás actores involucrados para garantizar la implementación de políticas públicas, la coordinación de recursos, y la promoción de la participación de las personas con discapacidad.
  • Ley Estatutaria 1618 de 2013 Establece las disposiciones para garantizar y asegurar el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad. En su Capítulo de Participación (artículos 22, 23, 24 y 25), reconoce el derecho de las personas con discapacidad y de sus organizaciones a participar en la gestión pública, ejercer control social, intervenir en la toma de decisiones que les afectan y realizar seguimiento a la implementación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Asimismo, establece responsabilidades para el Ministerio del Interior relacionadas con la creación, funcionamiento, fortalecimiento y sostenibilidad de las organizaciones de personas con discapacidad que las representen en los ámbitos local, departamental, nacional e internacional.
  • Decreto 1350 de 2018 Reglamenta el fortalecimiento de las organizaciones representativas de personas con discapacidad, reconoce y promueve el papel de estas organizaciones como actores fundamentales para la representación, la incidencia en los asuntos públicos, la participación ciudadana y política y la defensa de sus derechos.
  • Política Pública Nacional de Discapacidad e Inclusión Social — CONPES 4198 de 2026 El grupo desarrolla sus acciones conforme a esta política en cuanto al fortalecimiento para la participación ciudadana de las personas con discapacidad y sus organizaciones, la acción interinstitucional para promover el derecho a elegir y ser elegido de las personas con discapacidad, y el proceso de formación dirigido a organizaciones de personas con discapacidad sobre el ejercicio del control social a la gestión pública en el nivel nacional y territorial.