Nuestra gestión se fundamenta en un sólido marco normativo.
Constitución Política de Colombia
Especialmente los artículos 13, 47, 54 y 68, que establecen disposiciones relacionadas con la
igualdad, la protección especial y la integración social de las personas con discapacidad.
Ley 1346 de 2009
Mediante la cual Colombia aprobó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
ONU 2006. En particular, el artículo 4.3 que consagra el principio de "Nada sobre nosotros sin
nosotros", estableciendo las consultas estrechas y la colaboración activa de las personas con
discapacidad a través de sus organizaciones representativas en la elaboración y aplicación de
legislación y políticas para hacer efectiva la Convención. Por su parte, el artículo 29 reconoce el
derecho de las personas con discapacidad a participar en la vida política y pública sin discriminación
y en igualdad de condiciones con las demás personas.
Ley 1145 de 2007
Organiza el Sistema Nacional de Discapacidad como el mecanismo de coordinación y articulación entre
las entidades del Estado, las organizaciones de personas con discapacidad y demás actores involucrados
para garantizar la implementación de políticas públicas, la coordinación de recursos, y la promoción de
la participación de las personas con discapacidad.
Ley Estatutaria 1618 de 2013
Establece las disposiciones para garantizar y asegurar el ejercicio efectivo de los derechos de las
personas con discapacidad. En su Capítulo de Participación (artículos 22, 23, 24 y 25), reconoce el
derecho de las personas con discapacidad y de sus organizaciones a participar en la gestión pública,
ejercer control social, intervenir en la toma de decisiones que les afectan y realizar seguimiento a
la implementación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Asimismo, establece responsabilidades para el Ministerio del Interior relacionadas con la creación,
funcionamiento, fortalecimiento y sostenibilidad de las organizaciones de personas con discapacidad
que las representen en los ámbitos local, departamental, nacional e internacional.
Decreto 1350 de 2018
Reglamenta el fortalecimiento de las organizaciones representativas de personas con discapacidad,
reconoce y promueve el papel de estas organizaciones como actores fundamentales para la representación,
la incidencia en los asuntos públicos, la participación ciudadana y política y la defensa de sus derechos.
Política Pública Nacional de Discapacidad e Inclusión Social — CONPES 4198 de 2026
El grupo desarrolla sus acciones conforme a esta política en cuanto al fortalecimiento para la
participación ciudadana de las personas con discapacidad y sus organizaciones, la acción
interinstitucional para promover el derecho a elegir y ser elegido de las personas con discapacidad,
y el proceso de formación dirigido a organizaciones de personas con discapacidad sobre el ejercicio
del control social a la gestión pública en el nivel nacional y territorial.